INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIO

El Informe de evaluación es un documento oficial emitido por un técnico competente, en este caso un arquitecto, que contiene información sobre el estado de conservación, condiciones de accesibilidad y características energéticas del inmueble.
- Es obligatorio disponer de él en edificios de vivienda colectiva con antigüedad superior a los 50 años con independencia de su situación.
- Existen subvenciones para cubrir los honorarios profesionales derivados de la emisión del informe.
- La tramitación incluye el abono de tasas y entrega del certificado en el registro del INEGA, Instituto Enerxético de Galicia, custodia en el departamento de visado del Colexio oficial de Arquitectos de Galicia y entrega del informe en el registro del ayuntamiento.
- Es necesaria una visita para la toma de datos descriptivos de la construcción, siguiendo los protocolos de seguridad establecidos ante el Covid-19.
- La documentación final incluye los archivos del informe y justificantes de su tramitación (entrega en registro y abono de tasas).
La NORMATIVA DE APLICACIÓN del procedimiento básico, modelo, contenido y otras condiciones recogidas en el Real Decreto Legislativo 7/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, (BOE 261, 31.10.15) y Real Decreto 233/2013, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, (BOE 86, 10.4.13), del Estado; Lei 1/2019 de rehabilitación de regeneración y renovación urbanas de Galicia, (DOG 83, 2.5.19) y Decreto 61/2021, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios y se crea el registro gallego de Informes de Evaluación de los Edificios, (DOG 73, 20.4.21) de la Comunidad de Galicia y la Ordenanza de inspección técnica municipal correspondiente.